SAT limpiará el RFC: 800 mil empresas pueden ser usadas por factureras
La autoridad informó que se tienen identificadas a 800 mil empresas en estado de inactividad dentro del padrón del RFC. La situación, aseguran, representa un foco de vulnerabilidad para el sistema tributario.
La Secretaría de Hacienda y el Servicio de Administración Tributaria limpiarán el padrón de contribuyentes para evitar que empresas factureras contaminen el sistema fiscal mexicano con sus malas prácticas.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) en conjunto con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) han propuesto al Congreso de la Unión un plan para depurar el Registro Federal de Contribuyentes(RFC).
La SHCP ha identificado la necesidad de fortalecer los supuestos bajo los cuales el SAT puede ejercer facultades relativas a la suspensión de actividades y la cancelación del RFC con el objetivo de depurar el padrón de contribuyentes inactivos, prevenir riesgos por la usurpación de identidad y el uso indebido de facturas electrónicas.
De esta manera se considera modificar el artículo 27 del Código Fiscal de la Federación (CFF) con la finalidad de dar certidumbre y robustecer las atribuciones con las que cuenta el SAT cuando detecte cuentas inactivas.
“Las modificaciones propuestas permitirán una administración más eficiente y actualizada del padrón de contribuyentes ya que permitirán a la autoridad implementar mecanismo de verificación, control y fiscalización en el padrón del RFC”, sostiene la dependencia a cargo de Édgar Amador.
La autoridad informó que se tienen identificadas a 800 mil empresas en estado de inactividad dentro del padrón del RFC. La situación, aseguran, representa un foco de vulnerabilidad para el sistema tributario.
La vulnerabilidad del sistema, explica la Secretaría de Hacienda, es porque pueden ser utilizadas por terceros como instrumentos para disminuir o eludir los efectos de las medidas de restricción, inmovilización o bloqueo impuestas por el SAT derivado del incumplimiento de sus obligaciones.
Lista negra
El SAT también tiene un apartado sobre los contribuyentes que están suspendidos en el RFC. Éstos suman cerca de 10 millones a julio del 2025
En este sentido el gobierno de México menciona la necesidad de implementar acciones para combatir esquemas de planeación fiscal indebida por los que se pretende trasladar operaciones simuladasy evitar el pago de impuestos e incluso de adeudos con el SAT.
“Estos mecanismos permiten que, una vez que la autoridad detecta y sanciona a una entidad incumplida, los contribuyentes trasladen artificialmente su operación utilizando otra empresa previamente inscrita en el RFC”.
La iniciativa es buena: IMCP
El presidente del Instituto Mexicano de los Contadores Públicos (IMCP), a través de su presidente Héctor Amaya, mencionó en rueda de prensa que sí es una buena iniciativa el hecho de que se busque tener un orden adicional en el padŕon del RFC.
El representante del gremio de los contadores aseguró que sí existen demasiadas empresas que están “dormidas” y está comprobado que se usan como empresas fachadas para operaciones ilícitas.
Por su parte, Rodolfo Servín Gómez, vicepresidente de Relaciones y Difusión del IMCP, dijo que la modificación al padrón del RFC “no hay que verlo de manera aislada”.
¿Cómo limpiarán el RFC?
La SHCP explica que actualmente uno de los supuestos que abarca la cancelación y suspensión del RFC indistintamente y es cuando el contribuyente “no ha realizado alguna actividad” en los cinco ejercicios previos.
No obstante, se propone una reforma que contemple más supuestos para cancelar y suspender a contribuyentes del padrón del RFC. Entre ellos están que los que no hayan presentado declaraciones, que no hayan sido informados en las declaraciones presentadas por terceros y que no hayan presentado avisos.
De acuerdo con Hacienda, éstos mecanismo son más idóneos para que la autoridad fiscal pueda ejercer las facultades de suspensión o cancelación de contribuyentes en el RFC.
También se propone que la suspensión o cancelación ocurra cuando no reciba facturas electrónicas, lo cual se sumará a la norma de es motivo de cancelación o suspensiòn cuando el contribuyentes no emite facturas.
En el caso de la suspensión se propone agregar un supuesto para cuando los contribuyentes no cuentan con requerimientos de la autoridad pendientes por cubrir.
Mientras que en el caso de la cancelación la modificación consistirá en aquellos supuestos no cuenten con adeudos en lugar de la norma actual que dice que “no cuente con obligaciones pendientes por cumplir”.
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