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05/03/2026

BOLETÍN INFORMATIVO

lunes, 16 febrero 2026 / Publicado en Facturación Electrónica, Noticias

La cancelación de Complementos de Pago dejo de ser directa

La cancelación de los CFDI con Complemento de Pago ha dejado de ser “directa” y ahora se tramita como cancelación con aceptación del receptor.​ La RMF 2026 fue publicada el 28 de diciembre de 2025 y entró en vigor el 1 de enero de 2026, modificando, entre otras, la regla 2.7.1.35 sobre cancelación de CFDI sin aceptación del receptor.

Esta modificación agrega una excepción específica para los CFDI con Complemento para Recepción de Pagos (REP), excluyéndolos de los supuestos donde aún se permite cancelar sin aceptar.​

¿Qué cambió a partir de 2026?

La regla 2.7.1.35 ahora establece que, aunque ciertos CFDI hasta por 1,000 pesos pueden cancelarse sin aceptación, se excluye expresamente a los CFDI con Complemento para Recepción de Pagos, que dejan de ser parte de esa facilidad. En consecuencia, la cancelación de un REP se procesa como “cancelación con aceptación del receptor”: ya no opera la cancelación unilateral y el emisor debe esperar la respuesta de su cliente.​

Nuevo flujo de cancelación del Complemento de Pago

Cuando el emisor solicita cancelar un CFDI con Complemento para Recepción de Pagos, el documento cambia al estatus En proceso de cancelación y se genera un acuse de solicitud.​ El SAT notifica al receptor a través del Buzón Tributario y este cuenta con tres días hábiles para aceptar o rechazar; si no responde en ese plazo, la cancelación se tiene por aceptada y el CFDI pasa a estatus Cancelado por plazo vencido.​

Importante

Es indispensable monitorear de forma periódica el Buzón Tributario, ya que la omisión al responder puede provocar cancelaciones automáticas de Complementos de Pago que respaldan operaciones ya pagadas.​ Para emisores, se recomienda documentar internamente las solicitudes de cancelación, coordinarse con los clientes antes de pedir la cancelación del Complemento de Pago y considerar el plazo de tres días hábiles dentro de sus procesos de cobranza y conciliación de pagos.​

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Etiquetado bajo: carta porte, complemento de pago, CSD, edigital, facturacion, FIEL, nomina, SAT, sicofi

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