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06/03/2026

BOLETÍN INFORMATIVO

jueves, 24 julio 2025 / Publicado en Facturación Electrónica, Noticias

SAT congelará cuentas bancarias de BBVA, Banamex y otros bancos. Comenzará en julio 2025.

El órgano administrativo posa la lupa sobre algunos contribuyentes que deben regularizar su situación.

El pago de impuestos en México es obligatorio para todos los contribuyentes. Es el Servicio de Administración Tributaria (SAT) la entidad encargada de hacer cumplir estos pagos, prevenir el lavado de dinero y sancionar a los ciudadanos que no cumplan con las disposiciones que regulan la actividad financiera en el país.

Diferentes mecanismos son utilizados por el SAT para corroborar que los contribuyentes paguen los impuestos que les corresponde y así evitar la evasión fiscal. Además, su trabajo está interrelacionado con las entidades bancarias que tienen la obligación de informarle cuando existan movimientos económicos inusuales por parte de sus clientes.

La presentación de la Declaración Anual es uno de los trámites que el SAT obliga a cumplir cada año. Las personas físicas y las personas morales (empresas) están obligadas a llevar a cabo este proceso mediante el cual informan sus ingresos y egresos, presentando la documentación respaldatoria correspondiente.

En este caso, tanto el propio contribuyente como el SAT, pueden determinar la existencia de deudas por impuestos no pagados y también saldos a favor cuando ha existido pagos que no correspondían. De todos modos, muchas otras acciones le permiten a la máxima autoridad fiscal de México descubrir incumplimientos por parte de los ciudadanos.

¿El SAT inmoviliza cuentas bancarias?

Entre las facultades que el SAT posee se encuentra la imposición de multas, el inicio de investigaciones y la inmovilización de cuentas bancarias. Es por este motivo que durante el presente mes de julio, el órgano administrativo puede proceder con el congelamiento de cuentas bancarias de entidades como Banco Azteca, BBVA, Santander y Banamex, entre otras.

De acuerdo con lo establecido en el Código Fiscal de México y en las normativas del mismo Servicio de Administración Tributaria (SAT), puede inmovilizar cuentas bancarias locales o en el extranjero cuando advierta ciertas irregularidades de orden fiscal. Por lo tanto, algunos contribuyentes podrían verse perjudicados con esta medida en los siguientes casos:

• Falta de pago de impuestos.
• No cumplir con las obligaciones dentro de los plazos legales estipulados.
• No haber presentado las declaraciones fiscales correspondientes.
• Poseer adeudos que ya han agotado la posibilidad de ser impugnados.
• No haber respondido a las notificaciones del SAT.

¿Cómo prevenir el congelamiento de las cuentas bancarias?

Para prevenir que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) proceda con la inmovilización de nuestras cuentas bancarias es fundamental chequear periódicamente el Buzón Tributario por si existen solicitudes de la máxima autoridad fiscal de México. Además, se debe prestar suma atención a la posibilidad de tener deudas por pagos no realizados.

La presentación de la Declaración Anual o mensual debe ser cumplida en tiempo y forma para evitar despertar alertas en el sistema del SAT. En este sentido, la entidad remarca que cada caso es particular, por lo que invita a los contribuyentes a programar una cita en www.citas.sat.gob.mx siguiendo los siguientes pasos:

  1. Dar clic en Registrar cita
  2. Elegir la opción “Adeudos y Multas”
  3. Acudir a la oficina en la fecha y hora elegida para conocer el monto de su adeudo y las facilidades de pago a las que son candidatos.

De igual forma, informa el SAT, los contribuyentes pueden recibir orientación en:

  • MarcaSAT 5562722728, opción 9, seguida de la opción 3.
  • Chat uno a uno en www.chat.sat.gob.mx.
  • En el sitio web www.sat.gob.mx.

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Etiquetado bajo: carta porte, complemento de pago, CSD, edigital, facturacion, FIEL, nomina, SAT, sicofi

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