Sí, se puede generar una factura con fecha del mes anterior, siempre y cuando no exceda las 72 horas. Dentro de este plazo, es posible modificar la fecha de expedición para que coincida con la fecha deseada.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) permite la emisión de facturas con fechas anteriores, pero con ciertas limitaciones. El plazo máximo para timbrar una factura con una fecha diferente a la actual es de 72 horas.
¿Qué significa esto?
Si hoy es 1, 2 o 3 de agosto y necesitas facturar con fecha del 31 de julio, puedes hacerlo siempre que no hayan pasado más de 72 horas. En este caso, se considera que la fecha de expedición sería el 31 de julio.
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