(442) 962 30 87 - (442) 543 91 59   |   LUNES A VIERNES DE 9:00 - 18:00

Grupo eDigital - Facturación Electrónica

  • INICIO
    • ACERCA DE NOSOTROS
  • SERVICIOS
    • SERVICIOS
      • FACTURACIÓN – NÓMINA – CONTABILIDADVERSIÓN 3.3
      • TIMBRADO Y CONEXIÓN
      • ADDENDAS Y COMPLEMENTOS
      • DESARROLLOS PERSONALIZADOS
      • DESCARGA GOOGLE CHROMECHROME
      • DESCARGA FIREFOX MOZILLAFIREFOX
      • DESCARGA EXPLORER EDGEEXPLORER EDGE
    • BASE DE CONOCIMIENTOS
      • VER EL SISTEMA DEMO FACTURACIÓN + NÓMINAONLINE
      • PREGUNTAS FRECUENTESFAQ
      • VIDEOTUTORIALESYOUTUBE
      • CÓMO GENERAR UNA FACTURAVIDEO
      • COMPLEMENTO DE RECEPCIÓN DE PAGOSVIDEO
      • CANCELAR UNA FACTURAVIDEO
      • IMPORTAR PRODUCTOS MASIVAMENTECONVERTIDOR
    • SAT
      • VALIDAR CFDIFOLIO FISCAL
      • VALIDAR CFDI RETENCIONESFOLIO FISCAL
      • VALIDAR RFCNÓMINA
      • CONSULTAR CURPNÓMINA
      • RECUPERACIÓN DE CERTIFICADOS.CER
      • BÚSQUEDA DE PRODUCTOS Y SERVICIOSONLINE
      • BÚSQUEDA DE CLAVES DE UNIDADONLINE
  • PRECIOS
    • VER PLANES Y PRECIOS
    • PAGO EN EFECTIVO – OXXO
    • PAGO CON TRANSFERENCIA BANCARIA
    • PAGO CON TARJETA DE CRÉDITO – DÉBITO
    • PAGO EN TIENDAS DE CONVENIENCIA
  • DISTRIBUIDORES
  • NOTICIAS
  • FAQ
  • CONTACTO
INGRESARAL SISTEMA
DE FACTURACIÓN
  • MI CARRITO
    No hay productos en el carrito.
  • INICIO
  • Noticias
  • Facturación Electrónica
  • RETENER EL 6% DEL IVA EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 1o-A, FRACCIÓN IV, DE LA LEY DEL IVA.
08/08/2022

NOTICIAS

jueves, 11 junio 2020 / Publicado en Facturación Electrónica, Noticias

RETENER EL 6% DEL IVA EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 1o-A, FRACCIÓN IV, DE LA LEY DEL IVA.

1. Si mi empresa se dedica a la venta de alimentos y celebro un contrato de servicios de limpieza con una parte relacionada o un tercero independiente. ¿Debo retener el 6% del IVA por dichos servicios en términos del artículo 1o-A, fracción IV, de la Ley del IVA?

Respuesta: Sí, debe realizarse la retención ya que implica la puesta a disposición de personal que es aprovechado directamente por la empresa contratante, con independencia de que el contratista sea parte relacionada o no.

2. Si con motivo de mis actividades empresariales como persona física, requiero el mantenimiento preventivo de mis equipos de cómputo y para ello celebro un contrato de servicios con una persona moral donde se pone a mi disposición el personal para realizar dicho mantenimiento. ¿Debo retener el 6% del IVA por dichos servicios en términos del artículo 1o-A, fracción IV, de la Ley del IVA?

Respuesta: Sí, debe realizarse la retención ya que implica la puesta a disposición de personal cuyos servicios son aprovechados directamente por la contratante, con independencia de la denominación que se le dé a la obligación contractual, ya que dicha contratante es la beneficiaria directa del mantenimiento preventivo del equipo de cómputo.

3. Si mi empresa requiere los servicios de transporte de personal y para ello celebro un contrato de servicios con una empresa que se dedica a ello. ¿Debo retener el 6% del IVA por dichos servicios en términos del artículo 1o-A, fracción IV, de la Ley del IVA?

Respuesta: Sí, debe realizarse la retención ya que implica la puesta a disposición de personal cuyos servicios son aprovechados directamente por la contratante fuera de sus instalaciones, con independencia de la denominación que se le dé a la obligación contractual.

4. Si con motivo de mis actividades empresariales, requiero los servicios de un despacho contable o legal y para ello celebro un contrato de servicios para obtener una opinión contable o legal de mi empresa con una persona moral que implica que su personal realice funciones en mis instalaciones. ¿Debo retener el 6% del IVA por dichos servicios en términos del artículo 1o-A, fracción IV, de la Ley del IVA?

Respuesta: No, no se deberá realizar la retención puesto que las funciones realizadas por el personal puesto a disposición del contratante no son aprovechadas directamente por éste sino por el contratista que las requiere para la elaboración de los documentos entregables al contratante.

5. Si soy una persona moral que, con motivo de mis actividades, requiero los servicios de un contador o un abogado y para ello celebro un contrato de servicios con dicha persona física. ¿Debo retener el 6% del IVA por dichos servicios en términos del artículo 1o-A, fracción IV, de la Ley del IVA?

Respuesta: No, no se deberá realizar la retención puesto que en este caso no se pone personal a disposición del contratante. Por otra parte, si el contratante es persona moral que reciba servicios personales independientes como es el caso, se deben retener las dos terceras partes del IVA que le traslade el abogado o contador conforme a lo dispuesto en el inciso a) de la fracción II del artículo 10-A, de la Ley del IVA, en relación con el artículo 3, fracción I, inciso a), de su Reglamento.

Fundamento legal: Artículo 1o-A, fracción IV, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado vigente.

COMPARTIR EN REDES SOCIALES

  • Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva)
  • Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva)
  • Haz clic para compartir en Pinterest (Se abre en una ventana nueva)
  • Haz clic para compartir en Twitter (Se abre en una ventana nueva)
Etiquetado como: 6% IVA, EDIGITAL, retencion

Qué puedes leer a continuación

Búsqueda en línea de clave productos, servicios y unidad de medida versión 3.3
Videotutorial – ¿Como generar el Complemento de Recepción de Pagos?
¿En que caso No aplica el Registro Patronal?

CATEGORÍAS

  • Facturación Electrónica
  • Noticias

ÚlTIMAS NOTICIAS

  • Tardan hasta 6 meses en la fila virtual para obtener una cita del SAT

    Expertos en materia fiscal advierten que actual...
  • El SAT informa prórroga para el uso de la factura electrónica 4.0 al 1 de enero de 2023.

    ...
  • Continúa imposibilidad para cancelar facturas usando la clave “01”

    Aún no es posible cancelar un comprobante media...
  • Nombre o razón social van en mayúsculas y sin régimen societario en el CFDI 4.0

    El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ...
  • Factura Global 4.0 – Público en General

    Guía de llenado del CFDI global Versión 4.0 del...
  • Escenarios para cancelar una factura 4.0 conforme a la Reforma Fiscal 2022

    Si emití una factura o CFDI con la versión 3.3,...

GET A FREE QUOTE

Please fill this for and we'll get back to you as soon as possible!

EDIGITAL + DIGIFACT SICOFI FACTURACIÓN ELECTRÓNICA

  • AVISO DE PRIVACIDAD
  • TÉRMINOS Y CONDICIONES
  • PREGUNTAS FRECUENTES
  • SÉ DISTRIBUIDOR
  • GRUPO EDIGITAL
  • YAVIA ECOMMERCE
Grupo EDigital - Facturación Electrónica

RSS NOTICIAS

  • Tardan hasta 6 meses en la fila virtual para obtener una cita del SAT
  • El SAT informa prórroga para el uso de la factura electrónica 4.0 al 1 de enero de 2023.
  • Continúa imposibilidad para cancelar facturas usando la clave “01”
  • Nombre o razón social van en mayúsculas y sin régimen societario en el CFDI 4.0
  • Factura Global 4.0 – Público en General
  • Escenarios para cancelar una factura 4.0 conforme a la Reforma Fiscal 2022

CONTÁCTANOS

Teléfonos:
(442) 962 30 87- (442) 543 91 59

Email:
soporte@e-digital.com.mx
ventas@e-digital.com.mx

Ubicación
Del Telégrafo 11 (Entre Av. Universidad e Ignacio Pérez), Col. Centro Querétaro, Qro 76000, México

Mapa de ubicación

  • REDES SOCIALES
Grupo eDigital - Facturación Electrónica

© 2021 EDIGITAL SOLUCIONES TECNOLÓGICAS SA DE CV

ARRIBA