Se debe registrar la clave de la forma de pago de la adquisición de los bienes o de la prestación de los servicios contenidos en el comprobante.
- En el caso, de que se haya recibido el pago de la contraprestación al momento de la emisión del comprobante fiscal, los contribuyentes deberán consignar en éste, la clave correspondiente a la forma de pago de conformidad con el catálogo c_FormaPago publicado en el Portal del SAT; no debiendo incorporar el “Complemento para recepción de pagos”.
- En el caso de aplicar más de una forma de pago en una transacción, los contribuyentes deben incluir en este campo, la clave de forma de pago con la que se liquida la mayor cantidad del pago. En caso de que se reciban distintas formas de pago con el mismo importe, el contribuyente debe registrar a su consideración, una de las formas de pago con las que se recibió el pago de la contraprestación.
- En el caso de que no se reciba el pago de la contraprestación al momento de la emisión del comprobante fiscal (pago en parcialidades o diferido), los contribuyentes deberán seleccionar la clave 99 (Por definir) del catálogo c_FormaPago publicado en el Portal del SAT
Las diferentes claves de forma de pago se encuentran incluidas en el catálogo c_FormaPago.
Ejemplo: FormaPago= 02
c_FormaPago | Descripción | Bancarizado | Número de operación | RFC del Emisor de la cuenta ordenante | Cuenta Ordenante |
01 | Efectivo | No | Opcional | No | No |
02 | Cheque nominativo | Sí | Opcional | Opcional | Opcional |
03 | Transferencia electrónica de fondos | Sí | Opcional | Opcional | Opcional |
04 | Tarjeta de crédito | Sí | Opcional | Opcional | Opcional |
05 | Monedero electrónico | Sí | Opcional | Opcional | Opcional |
06 | Dinero electrónico | Sí | Opcional | Opcional | Opcional |
08 | Vales de despensa | NO | Opcional | No | No |
12 | Dación en pago | No | Opcional | No | No |
13 | Pago por subrogación | No | Opcional | No | No |
14 | Pago por consignación | No | Opcional | No | No |
15 | Condonación | No | Opcional | No | No |
17 | Compensación | No | Opcional | No | No |
23 | Novación | No | Opcional | No | No |
24 | Confusión | No | Opcional | No | No |
25 | Remisión de deuda | No | Opcional | No | No |
26 | Prescripción o caducidad | No | Opcional | No | No |
27 | A satisfacción del acreedor | No | Opcional | No | No |
28 | Tarjeta de débito | Sí | Opcional | Opcional | Opcional |
29 | Tarjeta de servicios | Sí | Opcional | Opcional | Opcional |
30 | Aplicación de anticipos | No | Opcional | No | No |
99 | Por definir | Opcional | Opcional | Opcional | Opcional |
- OBLIGATORIO Nombre del Banco emisor de la cuenta ordenante en caso de extranjero, Si el RFC del emisor de la cuenta ordenante es XEXX010101000 cliente en el extranjero, este campo es obligatorio.
Cuando el tipo de comprobante sea E (Egreso), se deberá registrar como forma de pago, la misma que se registró en el CFDI (Ingreso) que dió origen a este comprobante, derivado ya sea de una devolución, descuento o bonificación, conforme al catálogo de formas de pago del Anexo 20, opcionalmente se podrá registrar la forma de pago con la que se está efectuando el descuento, devolución o bonificación en su caso.