La declaración anual para personas físicas se presentará del 1 al 30 de abril de 2026 ante el Servicio de Administración Tributaria. En este trámite se reportan ingresos, deducciones, retenciones y pagos del año anterior para determinar si hay saldo a favor o impuesto por pagar (ISR).
Para 2026, los gastos personales deducibles incluyen:
- Gastos médicos y hospitalarios
- Primas de seguros de gastos médicos
- Colegiaturas
- Transporte escolar
- Aportaciones complementarias para el retiro
- Depósitos en cuentas personales especiales de ahorro
- Intereses por créditos hipotecarios
- Gastos funerarios
- Donativos
Límite importante: El total de deducciones personales no puede exceder 5 UMA anuales o el 15% de tus ingresos totales (incluyendo exentos), lo que sea menor.
Además, algunos conceptos como colegiaturas, donativos y aportaciones para el retiro tienen reglas y topes específicos, por lo que conviene revisar los detalles directamente en el portal del SAT.
Si hay dudas, está disponible MarcaSAT (55 627 22 728), de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 hrs.
En resumen: sí puedes deducir, pero con reglas claras y techo financiero. El SAT siempre pone el cinturón antes del beneficio 😉
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